RIGE PLAZO PARA RESERVA DE TÍTULOS DE CARNAVAL

Se recuerda que todo titulo que no haya participado del carnaval deberá realizar la reserva.

Artículo 19 del Reglamento del Carnaval: No se permitirá la utilización de nombres de conjuntos que tengan similitud con otros ya registrados y que puedan inducir a equívocos acerca de su identidad. Se exceptúa de la presente disposición a los títulos que habiendo sido registrados, no hubieran participado nunca en el Carnaval.
A fin de cumplir con lo expuesto en el presente artículo, la Unidad de Festejos y Espectáculos, de la Intendencia de Montevideo, abrirá un período de reserva de títulos el cual ESTARÁ COMPRENDIDO ENTRE EL PRIMER DÍA HÁBIL DEL MES DE MAYO Y EL ÚLTIMO VIERNES DEL MES DE SETIEMBRE DE CADA AÑO. En ésta instancia se dará conformidad si correspondiera, a la utilización de dicho título. Una copia de ésta solicitud firmada y sellada por la oficina, se entregará al interesado para ser presentada ante D.A.E.C.P.U.

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